A continuación se presenta un cuadro comparativo ampliado, que integra:
• Ley 20.536 (Violencia Escolar)
• Nueva Ley de Convivencia, Buen Trato y Bienestar de las Comunidades Educativas
• Circular 482
• Circular 781
• Circular 782
• Circular 860
| Dimensión | Ley 20.536 (2011) | Nueva Ley de Convivencia Educativa (2026) | Circular 482 | Circulares 781 y 782 | Circular 860 | Implicancia para equipos directivos |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Enfoque regulatorio | Se centra en violencia escolar y bullying entre estudiantes. | Amplía hacia convivencia educativa, bienestar y buen trato en toda la comunidad. | Reguló el Reglamento Interno de Convivencia Escolar y protocolos básicos. | Actualizan el estándar del Reglamento Interno y medidas disciplinarias. | Regula procedimientos administrativos y resguardo de derechos en procesos disciplinarios. | Cambio de paradigma: de controlar violencia a gestionar convivencia institucional. |
| Sujetos protegidos | Principalmente estudiantes. | Incluye docentes, asistentes, estudiantes y familias como parte de la convivencia. | Enfocada en estudiantes y convivencia escolar. | Amplía a toda la comunidad educativa en los protocolos. | Protege derechos de estudiantes en procedimientos sancionatorios. | Las escuelas deben gestionar conflictos entre múltiples actores. |
| Estructura institucional en la escuela | Exige Encargado de Convivencia Escolar. | Establece equipos de convivencia educativa con funciones más amplias. | Define rol del encargado y el comité de convivencia. | Fortalece rol del equipo de convivencia en gestión de medidas formativas. | Establece garantías procedimentales en investigaciones escolares. | Profesionalización de la gestión de convivencia. |
| Instrumentos obligatorios | Reglamentos internos y protocolos de bullying. | Plan de Gestión de Convivencia Educativa + políticas de bienestar socioemocional. | Define estructura base del Reglamento Interno (RICE). | Establecen nuevos estándares para el RICE y medidas disciplinarias. | Regula debido proceso en medidas disciplinarias. | Los reglamentos deben ser mucho más complejos y sistémicos. |
| Prevención y promoción | Prevención del acoso escolar. | Promoción del bienestar socioemocional y convivencia positiva. | Promueve convivencia escolar básica. | Introduce enfoque formativo y restaurativo en la intervención. | Refuerza garantías para evitar sanciones arbitrarias. | Las escuelas deben desarrollar políticas preventivas permanentes. |
| Participación de la comunidad | Participación en Consejo Escolar. | Fortalece participación en gestión de convivencia. | Consejo escolar y comunidad educativa. | Procesos participativos para actualizar reglamentos. | Garantiza transparencia en procesos disciplinarios. | Mayor legitimidad comunitaria de las normas escolares. |
| Medidas disciplinarias | Predominio de sanciones disciplinarias tradicionales. | Introduce medidas pedagógicas, restaurativas y reparatorias. | Define faltas y sanciones. | Regula aplicación gradual de medidas y su carácter formativo. | Regula procedimiento sancionatorio y derechos del estudiante. | Transición de un modelo punitivo a uno formativo. |
| Seguridad escolar | No regula tecnologías de seguridad. | Permite uso de tecnología para detectar armas u objetos peligrosos. | No aborda tecnologías de seguridad. | Enfocadas en convivencia y disciplina. | Vinculada a resguardo de derechos. | Refuerza componente de seguridad institucional. |
| Gobernanza del sistema | No existe política nacional estructurada. | Crea Política Nacional de Convivencia Educativa y Plan Nacional de Acción. | Norma administrativa para colegios. | Establece estándares regulatorios más detallados. | Complementa fiscalización y procedimientos. | La convivencia pasa a ser política pública estructural. |
1. De un modelo disciplinario a uno formativo
La Ley Nº 20.536 Sobre Violencia Escolar instaló el tema del bullying en la agenda educativa. La nueva ley y las circulares recientes avanzan hacia un modelo pedagógico de convivencia, donde las sanciones se complementan con acciones formativas y restaurativas.
2. De encargado de convivencia a equipos especializados
Antes:
• Encargado de convivencia
• Comité de convivencia
Ahora:
• Equipos de convivencia educativa
• Mayor articulación con dirección y gestión institucional.
Esto implica profesionalizar la gestión de convivencia y pasar a un enfoque más educativo.
3. De reglamentos administrativos a sistemas de gestión
Las circulares recientes obligan a que el Reglamento Interno sea un sistema coherente de normas, protocolos y medidas formativas, no solo un documento disciplinario.
Esto implica:
• protocolos integrados
• medidas pedagógicas
• registros de intervención
• procedimientos claros.
4. Convivencia como política institucional
La nueva ley crea:
• Política Nacional de Convivencia Educativa
• Plan Nacional de Acción
• Programas de bienestar socioemocional.
Esto significa que la convivencia escolar pasa a ser un eje estructural de la política educativa.
IMPLICANCIAS CONCRETAS PARA LAS COMUNIDADES ESCOLARES (2026–2027)
Los establecimientos deberán:
1. Mejorar sistemas de registro y trazabilidad de casos.
2. Actualizar completamente el Reglamento Interno (RICE).
3. Revisar todos los protocolos de convivencia.
4. Incorporar medidas formativas y restaurativas.
5. Fortalecer el equipo de convivencia escolar.
6. Desarrollar programas de bienestar socioemocional.


